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{"id":1070,"date":"2016-08-08T06:05:40","date_gmt":"2016-08-08T06:05:40","guid":{"rendered":"http:\/\/texasparole.com\/?page_id=1070"},"modified":"2019-03-10T20:44:41","modified_gmt":"2019-03-10T20:44:41","slug":"noticias","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/texasparole.com\/?page_id=1070","title":{"rendered":"Noticias"},"content":{"rendered":"

Sobre nosotros<\/strong><\/p>\n

Cada abogado esta determinado a proteger los derechos de las personas, de la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos Americanos, y de encargarse que ninguna persona inocente este en la c\u00e1rcel o prisi\u00f3n. Nuestro mayor miedo es que una persona inocente pase un d\u00eda en la c\u00e1rcel o este en prisi\u00f3n por un crimen que no cometi\u00f3. Por esas personas que han sido puestas en prisi\u00f3n, es nuestro deber tratar a sus familiares y a los mismos reclusos como los seres humanos que son. Estamos decididos a convencer al comit\u00e9 de Perdones y Libertad Condicional de Texas de liberar a aquellos individuos que han demostrado que merecen tener el privilegio de libertad condicional.<\/p>\n

\nLibertad Condicional<\/strong><\/p>\n

El proceso de libertad condicional en Texas es \u00fanico. Si un familiar o ser querido esta en prisi\u00f3n en el estado de Texas, debe olvidarse de todo lo que ha visto en televisi\u00f3n. En Texas, los miembros del comit\u00e9 de libertad condicional raramente entrevistan a un recluso personalmente, el recluso no se presenta a conocer al comit\u00e9 ni a contestar ninguna de sus preguntas. Se env\u00eda un paquete al comit\u00e9 de libertad condicional con material probatorio, el comit\u00e9 eval\u00faa la informaci\u00f3n junto con la informaci\u00f3n negativa en el expediente del recluso, los miembros del comit\u00e9 escuchan la presentaci\u00f3n del abogado y resumen de la evidencia, y luego, de acuerdo con esta informaci\u00f3n, el comit\u00e9 decide si otorga la libertad condicional o si mantiene a la persona en prisi\u00f3n. Es por esto por lo que el paquete para el comit\u00e9 es muy importante, tiene que ser mas que una carta suplicando la liberaci\u00f3n de la persona, cartas de apoyo, incluso una carta de empleo. En Texas, los reclusos est\u00e1n sujetos a revisi\u00f3n durante seis meses antes de su fecha de elegibilidad para libertad condicional. La fecha de elegibilidad de libertad condicional no es la misma fecha de que el comit\u00e9 se re\u00fane a decidir si otorgar la libertad condicional o mantener al recluso en prisi\u00f3n. La fecha de elegibilidad significa precisamente lo que su nombre dice, significa que, a partir de ese d\u00eda, el recluso es elegible para ser liberado en cualquier momento despu\u00e9s de esa fecha. El comit\u00e9 en realidad decide la liberaci\u00f3n del recluso antes de la fecha de elegibilidad. Toda la informaci\u00f3n debe enviarse al comit\u00e9 de libertad condicional con suficiente tiempo antes de la fecha de elegibilidad, si la informaci\u00f3n no es enviada en el tiempo oportuno, el comit\u00e9 no revisar\u00e1 la informaci\u00f3n presentada.<\/p>\n

\n

Cartas de Libertad Condicional<\/strong><\/p>\n

Si un recluso escribe a mi oficina pidiendo informaci\u00f3n sobre lo que ocurre en TDCJ, trato de atender sus preguntas enviando un bolet\u00edn de noticias aproximadamente tres o cuatro veces al a\u00f1o, seg\u00fan la cantidad de informaci\u00f3n acumulada. Esta secci\u00f3n contiene alguno de los boletines que he enviado a la poblaci\u00f3n de reclusos a lo largo de los a\u00f1os. Puede revisar esta informaci\u00f3n y si lo desea, imprimir y enviar a un recluso en prisi\u00f3n o en la c\u00e1rcel del condado.<\/p>\n

\n

Informaci\u00f3n de supervisi\u00f3n mandataria <\/strong><\/p>\n

Razones de aprobaci\u00f3n\/ negaci\u00f3n<\/p>\n

\n

    \n
  1. ANTECEDENTES PENALES<\/li>\n<\/ol>\n

    A: El registro no incluye un patr\u00f3n documentado de arrestos o condenas violentos o agresivos.<\/p>\n

    N: El registro indica que el recluso ha cometido episodios criminales repetidamente que indican una predisposici\u00f3n a cometer actos criminales despu\u00e9s de su liberaci\u00f3n<\/p>\n

    \n

      \n
    1. CAR\u00c1CTER DEL DELITO<\/li>\n<\/ol>\n

      A: El registro no indica delitos violentos y el delito en cuesti\u00f3n no indica tendencia hacia un comportamiento violento o agresivo, con limitadas posibilidades de futuros delitos de tipo agresivo.<\/p>\n

      N: El registro indica que el delito en cuesti\u00f3n tiene elementos de brutalidad, violencia, comportamiento agresivo, consciencia de selecci\u00f3n a victimas vulnerables que indican la indiferencia consciente hacia las vidas, la seguridad o las pertenencias de otros, de modo que el delincuente representa una amenaza continua para la seguridad p\u00fablica.<\/p>\n

      \n

        \n
      1. INVOLUCRAMIENTO DE DROGAS O ALCOHOL<\/li>\n<\/ol>\n

        A: El registro indica uso limitado o no uso en lo absoluto de sustancias<\/p>\n

        N: El registro indica uso excesivo de sustancias.<\/p>\n

        \n

          \n
        1. AJUSTE INSTITUCIONAL<\/li>\n<\/ol>\n

          A: El registro indica que el recluso ha mantenido un ajuste institucional satisfactorio<\/p>\n

          \u00a0N: El registro indica que el recluso no ha mantenido un ajuste institucional satisfactorio.<\/p>\n

          \n

            \n
          1. AJUSTE DURANTE PERIODOS DE SUPERVISI\u00d3N<\/li>\n<\/ol>\n

            A: El registro indica un periodo exitoso durante el tiempo de prueba, libertad condicional, o supervisi\u00f3n mandataria.<\/p>\n

            \u00a0N: El registro indica un periodo de prueba, libertad condicional, o supervisi\u00f3n mandataria sin \u00e9xito que result\u00f3 en encarcelamiento incluyendo suspensi\u00f3n de libertad condicional.<\/p>\n

            \n

              \n
            1. PARTICIPACION EN TDCJ-CID PROPUESTOS O PROGRAMAS ESPECIALIZADOS<\/li>\n<\/ol>\n

              \u00a0A: El registro indica participaci\u00f3n en y finalizaci\u00f3n de los programas y actividades en el plan de tratamiento personal designado a reclusos para aumentar las posibilidades de obtener y mantener un empleo estable de tiempo completo.<\/p>\n

              \u00a0N: El registro indica que el recluso se neg\u00f3 a participar o intencionalmente dej\u00f3 de completar las actividades en el plan de tratamiento personal.<\/p>\n

              \n

                \n
              1. TIEMPO CUMPLIDO<\/li>\n<\/ol>\n

                \u00a0A: El registro indica que el periodo de tiempo cumplido por el recluso es congruente de acuerdo con la gravedad del delito y de los antecedentes penales.<\/p>\n

                \u00a0N: El registro indica que el periodo de tiempo cumplido NO es congruente de acuerdo con la gravedad del delito y de los antecedentes penales.<\/p>\n

                \n

                  \n
                1. DELITO MAYOR<\/li>\n<\/ol>\n

                  \u00a0N: El registro indica que el recluso ha sido acusado ante un magistrado, acusado o condenado por un tribunal de jurisdicci\u00f3n competente por un delito mayor cometido mientras estaba encarcelado.<\/p>\n

                  \n

                    \n
                  1. SUPERVISI\u00d3N OBLIGATORIA BAJO DISCRECION:<\/li>\n<\/ol>\n

                    \u00a0A: Liberaci\u00f3n de la supervisi\u00f3n mandataria discrecional.<\/p>\n

                    \u00a0N1: El registro indica que el tiempo de buena conducta del recluso no es un reflejo exacto del potencial de rehabilitaci\u00f3n.<\/p>\n

                    \u00a0N2: El registro indica que la liberaci\u00f3n del recluso podr\u00eda poner en riesgo al publico en general.<\/p>\n

                    \n

                      \n
                    1. AFILIACI\u00d3N EN PANDILLAS<\/li>\n<\/ol>\n

                      \u00a0A: El registro indica que el recluso no es un miembro confirmado de ning\u00fan grupo designado de amenazas de la seguridad del TDJC-CID.<\/p>\n

                      N: El registro indica que el recluso es un miembro confirmado de alg\u00fan grupo designado de amenazas de la seguridad del TDJC-CID.<\/p>\n

                      \n

                        \n
                      1. OTROS<\/li>\n<\/ol>\n

                        A o N. Explica.<\/p>\n

                        \n

                        C\u00c1LCULOS DE TIEMPO PARA LA PRIMERA REVISI\u00d3N DE LIBERTAD CONDICIONAL <\/strong><\/p>\n

                        A partir de septiembre 2015:<\/p>\n

                        La siguiente informaci\u00f3n se basa en leyes vigentes. Elegibilidad para libertad condicional y supervisi\u00f3n mandataria se determina por las leyes vigentes al momento que se cometi\u00f3 el delito. Una persona que se encuentra recluida en la c\u00e1rcel o en la custodia del condado recibir\u00e1 cr\u00e9dito por su tiempo de custodia hasta la fecha de elegibilidad para su libertad condicional. Por ejemplo, un recluso ha estado en custodia por 6 meses antes de ser sentenciado por una condena de 10 a\u00f1os. El recluso es elegible para libertad condicional (si el caso no es un delito 3g) en 1 a\u00f1o 2 meses y 8 d\u00edas. Los 6 meses se restar\u00e1n del a\u00f1o y 2 meses de la fecha de elegibilidad de libertad condicional, dejando una fecha de elegibilidad de aproximadamente 8 meses del d\u00eda de la sentencia. La siguiente es una tabla de elegibilidad de supervisi\u00f3n mandataria discrecional, recuerde que el comit\u00e9 de libertad condicional actualmente esta colocando a los reclusos en revisi\u00f3n de libertad condicional seis meses antes de estos tiempos calculados y el comit\u00e9 tambi\u00e9n esta decidiendo casos hasta tres meses antes de los tiempos calculados. En otras palabras, debe contratarme mucho antes de la fecha de citatorio calculada:<\/p>\n

                        \n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n
                        Libertad Condicional<\/td>\n <\/td>\n <\/td>\n <\/td>\nObligatorio a Discreci\u00f3n<\/td>\n <\/td>\n<\/tr>\n
                        A\u00f1os<\/td>\nDelitos 3g<\/td>\nTodos los dem\u00e1s delitos<\/td>\n <\/td>\nDelitos 3g\/508.149<\/td>\nTodos los dem\u00e1s delitos<\/td>\n<\/tr>\n
                        1<\/td>\nN\/A<\/td>\n1 mes 13 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n5 meses 21 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        2<\/td>\nN\/A<\/td>\n2 meses 25 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n11 meses 8 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        3<\/td>\n2 a\u00f1os<\/td>\n4 meses 8 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n1 a\u00f1o 5 meses 2 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        4<\/td>\n2 a\u00f1os<\/td>\n5 meses 21 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n1 a\u00f1o 10 meses 22 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        5<\/td>\n2 a\u00f1os 6 meses<\/td>\n7 meses 3 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n2 a\u00f1os 4 meses 12 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        6<\/td>\n3 a\u00f1os<\/td>\n8 meses 15 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n2 a\u00f1os 10 meses 3 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        7<\/td>\n3 a\u00f1os 6 meses<\/td>\n10 meses 0 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n3 a\u00f1os 3 meses 20 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        8<\/td>\n4 a\u00f1os<\/td>\n11 meses 8 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n3 a\u00f1os 9 meses 16 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        9<\/td>\n4 a\u00f1os 6 meses<\/td>\n1 a\u00f1o 0 meses 24 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n7 a\u00f1os 3 meses 4 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        10<\/td>\n5 a\u00f1os<\/td>\n1 a\u00f1o 2 meses 8 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n4 a\u00f1os 8 meses 24 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        11<\/td>\n5 a\u00f1os 6 meses<\/td>\n1 a\u00f1o 9 meses 9 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n6 a\u00f1os 1 mes 6 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        15<\/td>\n7 a\u00f1os 6 meses<\/td>\n2 a\u00f1os 1 mes 20 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n7 a\u00f1os 1 mes 6 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        20<\/td>\n10 a\u00f1os<\/td>\n2 a\u00f1os 4 meses 12 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n9 a\u00f1os 5 meses 18 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        25<\/td>\n12 a\u00f1os 6 meses<\/td>\n2 a\u00f1os 11 meses 15 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n11 a\u00f1os 10 meses<\/td>\n<\/tr>\n
                        30<\/td>\n15 a\u00f1os<\/td>\n3 a\u00f1os 6 meses 18 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n14 a\u00f1os 2 meses 12 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        35<\/td>\n17 a\u00f1os 6 meses<\/td>\n4 a\u00f1os 1 mes 21 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n16 a\u00f1os 6 meses 24 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        40<\/td>\n20 a\u00f1os<\/td>\n4 a\u00f1os 9 meses<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n18 a\u00f1os 11 meses 6 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        45<\/td>\n22 a\u00f1os 6 meses<\/td>\n5 a\u00f1os 4 meses 3 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n21 a\u00f1os 3 meses 18 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        50<\/td>\n25 a\u00f1os<\/td>\n5 a\u00f1os 11 meses 8 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n23 a\u00f1os 8 meses 18 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        55<\/td>\n27 a\u00f1os 6 meses<\/td>\n6 a\u00f1os 6 meses 11 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n26 a\u00f1os 12 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        60<\/td>\n30 a\u00f1os<\/td>\n7 a\u00f1os 1 mes 15 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\n28 a\u00f1os 4 meses 24 d\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n
                        PERPETUA<\/td>\n30 a\u00f1os<\/td>\n7 a\u00f1os 1 mes 15 d\u00edas<\/td>\n <\/td>\nN\/A<\/td>\nN\/A<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n

                        Delitos 3g en los que los cr\u00e9ditos por buen tiempo no tienen efecto en la sentencia de un delincuente:<\/p>\n

                        \n

                        La elegibilidad para libertad condicional se basa en el tiempo del calendario. Los reclusos condenados por un delito de 3 g no son elegibles para supervisi\u00f3n mandataria. Cualquier delito de 3g cometido en o despu\u00e9s del 1 de septiembre de 1993, requiere que el recluso cumpla con un m\u00ednimo de la mitad de la sentencia para ser elegible para libertad condicional. La siguiente es la lista actualizada de delitos 3g:<\/p>\n

                        \n

                          \n
                        • Agresi\u00f3n agravada: el m\u00ednimo obligatorio o 2 a\u00f1os cualquier tiempo durante dos a\u00f1os se computa a la regla de \u00bd<\/li>\n
                        • Agresi\u00f3n sexual agravada<\/li>\n
                        • Secuestro agravado<\/li>\n
                        • Robo agravado<\/li>\n
                        • Uso de infante para cometer un delito de drogas<\/li>\n
                        • Lesi\u00f3n grave en primer grado a un infante que resulta en lesiones corporales graves<\/li>\n
                        • Participaci\u00f3n en acto sexual por un infante<\/li>\n
                        • Solicitud penal de primer grado<\/li>\n
                        • Prostituci\u00f3n<\/li>\n
                        • Tr\u00e1fico de personas<\/li>\n
                        • Robo en primer grado de habitaci\u00f3n con intento de cometer delitos con fines sexuales<\/li>\n
                        • Hallazgo de arma mortal<\/li>\n
                        • Tr\u00e1fico de personas continuo<\/li>\n
                        • Participaci\u00f3n en actividad criminal organizada<\/li>\n
                        • Dirigir actividades de bandas criminales<\/li>\n
                        • Indecencia por contacto con infante<\/li>\n
                        • Asesinato<\/li>\n
                        • Asalto sexual a un infante<\/li>\n
                        • Delitos con hallazgo de un arma mortal<\/li>\n
                        • Homicidio intoxicado<\/li>\n<\/ul>\n

                          \n

                          Los delitos en zona libre de drogas conllevan un requisito \u00fanico de elegibilidad para libertad condicional. Si es declarado culpable de tal delito, el acusado debe cumplir cinco a\u00f1os del calendario para ser elegible. En consecuencia, si el acusado es sentenciado a cinco a\u00f1os o menos, no es elegible para solicitar libertad condicional o supervisi\u00f3n mandataria.<\/p>\n

                          \n

                          Un recluso condenado a muerte con cadena perpetua sin libertad condicional, cumpliendo una sentencia por el delito de abuso sexual continuo a un infante, no es elegible para libertad condicional.<\/p>\n

                          \n

                          Agresi\u00f3n sexual agravada si la v\u00edctima del delito es menor de 6 a\u00f1os al momento del delito, y si la victima del delito es menor de 14 a\u00f1os al momento del crimen y el actor del crimen act\u00faa de la manera descrita.<\/p>\n

                          \n

                          Hay ciertos delitos en los que una sentencia de por vida conlleva requisitos \u00fanicos elegibles de libertad condicional por ley:<\/p>\n\n\n\n\n\n\n\n
                          Asesinato Capital<\/td>\n40 a\u00f1os servidos<\/td>\n<\/tr>\n
                          \n

                          Agresi\u00f3n sexual agravada<\/p>\n

                          (2 condenas anteriores 1 relacionada con sexo)<\/td>\n

                          35 a\u00f1os servidos<\/td>\n<\/tr>\n
                          \n

                          Secuestro agravado con intento de abuso sexual<\/p>\n

                          (2 condenas anteriores 1 relacionada con sexo)<\/td>\n

                          \u00a0 35 a\u00f1os servidos<\/td>\n<\/tr>\n
                          \n

                          Indecencia por contacto con infante<\/p>\n

                          (2 condenas anteriores 1 relacionada con sexo)<\/td>\n

                          35 a\u00f1os servidos<\/td>\n<\/tr>\n
                          Robo de habitaci\u00f3n con intento de cometer delitos con fines sexuales o indecencia por contacto con infante<\/td>\n35 a\u00f1os servidos<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n

                          \n

                          \n

                          \u00a0<\/strong><\/p>\n

                          \u00bfQu\u00e9 es un paquete para el comit\u00e9 de libertad condicional?<\/strong><\/p>\n

                          Es con concepto muy similar a un memor\u00e1ndum de sentencia presentado ante un juez antes de que dicte su sentencia, la diferencia es que el comit\u00e9 de libertad condicional ya conoce cuantos a\u00f1os estuvo en prisi\u00f3n una persona. \u00bfLa pregunta ante el comit\u00e9 es la siguiente, el recluso terminar\u00e1 de completar su sentencia o podr\u00e1 ser liberado antes de cumplirla? En un memor\u00e1ndum de sentencia o en un paquete de libertad condicional, me encargo de investigar la vida de mi cliente, el crimen cometido, los logros del cliente, cualquier problema m\u00e9dico o psicol\u00f3gico que el cliente pueda tener, y cualquier otra cosa que la investigaci\u00f3n pueda descubrir, y a partir de esto puedo crear una historia convincente sobre mi cliente. \u00a0Una historia que pueda atraer a los miembros del comit\u00e9 de libertad condicional para que deseen tomarse mas de los cuatro minutos que regularmente dedican a revisar las aplicaciones, tiempo necesario para que el cliente tenga una probabilidad razonable de recibir libertad condicional. El paquete de libertad condicional debe de humanizar al individuo. El paquete ya no debe de ver al cliente como un recluso mas, si no en cambio como un ser humano arrepentido por el crimen cometido, que acept\u00f3 la responsabilidad del crimen, no esta en negaci\u00f3n, ha intentado rehabilitarse a s\u00ed mismo y ha corregido los problemas por los cuales esta en la c\u00e1rcel. Estos argumentos se basan en la evidencia acumulada de la investigaci\u00f3n y se presenta por medio del paquete al comit\u00e9 de libertad condicional.<\/p>\n

                          \n

                          Un paquete de libertad condicional no es una carta de tres paginas al comit\u00e9 con cartas de apoyo adjuntas y una petici\u00f3n pidiendo de favor que libere al cliente. Mis paquetes de libertad condicional son de aproximadamente 35 a 40 p\u00e1ginas, incluso he creado un paquete que supera las 300 paginas. La evidencia de los logros, as\u00ed como otra documentaci\u00f3n pertinente, es crucial para presentar un argumento fuerte y persuasivo ante el comit\u00e9 de libertad condicional en nombre de mis clientes. Al documentar cada aspecto de la vida de mis clientes, sus logros, su rehabilitaci\u00f3n y otros factores, junto con la credibilidad que he adquirido con el comit\u00e9 de libertad condicional a lo largo de los 18 a\u00f1os que he practicado ante ellos, me ha permitido mantener un 80% en la tasa de liberaci\u00f3n de clientes durante los tantos a\u00f1os que he representado a reclusos ante el comit\u00e9 de libertad condicional. Desafortunadamente, los \u00e9xitos previos no garantizan futuras victorias. El paquete de libertad condicional debe ser un relato breve y convincente que describa y presente al cliente ante el comit\u00e9 de una manera que los miembros del comit\u00e9 se preocupen por la persona que reside en las p\u00e1ginas del paquete que est\u00e1n revisando. Esta historia convincente debe basarse en la evidencia contenida en el paquete de libertad condicional. Si el paquete o mi presentaci\u00f3n ante el comit\u00e9 no son convincentes, las posibilidades de que el cliente reciba libertad condicional disminuyen considerablemente. En ning\u00fan momento puede haber una pregunta que no sea contestada o que no sea contestada con la verdad. Una vez que pierda mi credibilidad, ya sea por no conocer todos los hechos o por desentenderse los hechos presentados en el paquete, el comit\u00e9 dejar\u00e1 de creer en las declaraciones y muy probablemente negar\u00e1 la libertad condicional solicitada d\u00e1ndole al recluso una salida con fecha para el futuro. No hay tal cosa como un simple formulario que llenar para solicitar libertad condicional. Ninguna vida debe reducirse a tres p\u00e1ginas ni a unas cuantas cartas de apoyo probablemente anexadas a una carta que asegure que al recluso le espera un trabajo en caso de su liberaci\u00f3n. El paquete de libertad condicional y la solicitud del recluso para ser liberado debe de ser una presentaci\u00f3n interesante, entretenida e informativa.<\/p>\n

                          \n

                          La raz\u00f3n por la que el paquete debe entretener y ser informativo es la misma raz\u00f3n por la que un libro debe de serlo. Un ejemplo que uso muy seguido cuando doy un discurso a otros abogados sobre como escribir este paquete, es refiri\u00e9ndome a cuando hemos ido a ver una pel\u00edcula y despu\u00e9s de pasar dos horas en un cuarto oscuro hemos salido pensando muchas veces en como pudimos haber gastado dinero por ver esa pel\u00edcula. Si nos detenemos y analizamos lo que sali\u00f3 mal con una pel\u00edcula que costo millones en producci\u00f3n, r\u00e1pidamente nos damos cuenta de que no nos interes\u00f3 lo que pas\u00f3 con ninguno de los personajes. Una vez que dejas de preocuparte por los personajes de una pel\u00edcula, todas las secuencias de acci\u00f3n e intrigas en la trama ya no nos interesan y empiezan a aburrirnos. Este mismo aburrimiento ocurre si un miembro del comit\u00e9 de libertad condicional no se intriga en conocer mas de mi cliente, si no se interesa en la vida de mi cliente, y si al miembro del comit\u00e9 le deja de preocupar qu\u00e9 pasa con mi cliente, va a negar la solicitud de libertad condicional y solo se ir\u00e1 a la siguiente aplicaci\u00f3n de otro recluso. El paquete de libertad condicional se debe producir de una manera profesional y creativa para que mi cliente se coloque en ese 30% de reclusos que reciben libertad condicional en lugar de en ese 70% de los reclusos a quienes se les niega.<\/p>\n

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                          Sobre nosotros Cada abogado esta determinado a proteger los derechos de las personas, de la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos Americanos, y de encargarse que ninguna persona inocente este en la c\u00e1rcel o prisi\u00f3n. Nuestro mayor miedo es que una persona inocente pase un d\u00eda en la c\u00e1rcel o este en prisi\u00f3n por un crimen Read More<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":366,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"page-full.php","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-1070","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/texasparole.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1070","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/texasparole.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/texasparole.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/texasparole.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/texasparole.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1070"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/texasparole.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1070\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1229,"href":"https:\/\/texasparole.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1070\/revisions\/1229"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/texasparole.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/366"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/texasparole.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1070"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}